El reclamo de alimentos es el proceso mediante el cual se solicita judicialmente que quien tiene la obligación de prestar alimentos contribuya a cubrir las necesidades de un hijo o hija cuando no lo hace voluntariamente.
¿ Quién puede reclamar?
¿ La cuota cubre solo alimentos?
La cuota alimentaria no solo cubre los alimentos sino todo lo ateniente al cuidado del niño, esto incluye rubros como por ejemplo
¿Qué pasa si el otro progenitor no cumple con el pago dela cuota?
En el caso de que el progenitor que deba alimentos no cumpla con su obligación, puede solicitarse al juez, dependiendo la etapa en la que se encuentre el juicio.
Que no tenga un empleo registrado no impide reclamar alimentos. El juez puede valorar otros elementos para determinar su capacidad económica, como su nivel de vida, bienes, actividad laboral, ingresos estimados.
Sí. En determinados casos es posible reclamar cuotas alimentarias impagas y exigir su cumplimiento mediante las herramientas que prevé la ley. Cada situación debe analizarse en función de sus antecedentes y la documentación disponible.
No conocer el lugar de trabajo no impide iniciar el reclamo. Durante el proceso pueden solicitarse medidas para obtener información sobre su situación laboral, ingresos o bienes, a fin de garantizar el efectivo cumplimiento de la obligación alimentaria.
Sí. Siempre que exista voluntad de ambas partes, es posible celebrar un acuerdo sobre la cuota alimentaria. Para que tenga fuerza ejecutiva y brinde mayor seguridad jurídica, generalmente se recomienda su homologación judicial.
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